Diario al Día | Santo Domingo, República Dominicana – El nuevo Código Penal dominicano establece en su artículo 8 la responsabilidad penal de las personas jurídicas, un cambio que permitirá que las empresas enfrenten consecuencias legales por determinados ilícitos cometidos dentro de su estructura.
La nueva normativa obligará a compañías grandes y pequeñas a reforzar sus controles y programas de cumplimiento antes de la entrada en vigor señalada para el 5 de noviembre.
El abogado especialista en derecho corporativo Eduardo Tavárez Guerrero explicó, durante una entrevista con el periódico El Día, que las organizaciones deberán demostrar que adoptaron medidas adecuadas para prevenir actuaciones ilícitas de personas vinculadas con sus operaciones.
Las empresas podrán enfrentar responsabilidad penal
La principal novedad es que la responsabilidad por determinados hechos ya no recaería únicamente sobre la persona física que cometió la infracción.
Las personas jurídicas, como empresas y otras organizaciones, también podrán enfrentar consecuencias cuando se cumplan las condiciones establecidas por la ley.

Tavárez Guerrero explicó que este modelo representa un cambio importante en la forma en que se analiza la responsabilidad dentro del ámbito empresarial.
Según el jurista, en el caso de las organizaciones resulta más apropiado hablar de una empresa como “infractora” dentro del marco legal correspondiente.
La aplicación de estas reglas aumenta la importancia de supervisar las operaciones internas y establecer mecanismos para detectar posibles irregularidades.
El plazo para adaptarse vence el 5 de noviembre
De acuerdo con lo explicado por el especialista, las empresas tuvieron un período para adecuarse a las nuevas exigencias legales, el cual culminaría el próximo 5 de noviembre.
A partir de esa fecha, las organizaciones deberán estar preparadas para demostrar que cuentan con medidas y programas de cumplimiento acordes con sus riesgos y características.

El cumplimiento normativo consiste, en términos sencillos, en establecer reglas y controles dentro de una empresa para prevenir infracciones a la ley.
Esto puede incluir procedimientos internos, supervisión de operaciones y mecanismos para reportar posibles irregularidades.
La necesidad de estos controles no se limitaría a las grandes corporaciones con altos niveles de facturación.
Según Tavárez Guerrero, las obligaciones alcanzarán también a pequeños y medianos negocios, aunque la forma de cumplir podrá variar según la estructura de cada empresa.
Las sanciones pueden incluir multas y cierre de operaciones
El régimen de consecuencias previsto para las personas jurídicas contempla importantes sanciones económicas.
Según detalló el abogado, las multas pueden ir desde 100 hasta 1,500 salarios mínimos, dependiendo de las circunstancias y de la infracción establecida.
También podrían imponerse otras medidas, incluyendo inhabilitaciones para determinadas actividades o contrataciones con el Estado, cuando corresponda.
En los casos más graves previstos por la legislación, una empresa podría enfrentar el cese total de sus operaciones.
Tavárez Guerrero se refirió a esta máxima sanción como el llamado “fallecimiento corporativo”, expresión utilizada para describir la disolución o eliminación definitiva de una organización mediante una decisión judicial.
La aplicación de una sanción dependerá de cada caso y del proceso que se siga ante los tribunales.
Los programas de cumplimiento pueden ayudar a reducir consecuencias
Una de las principales herramientas de prevención será la implementación de programas de cumplimiento dentro de las empresas.
El especialista explicó que una organización podría obtener una atenuación de la pena si logra demostrar que estableció medidas reales para prevenir y detectar conductas ilícitas.
Entre esos mecanismos pueden figurar canales confidenciales para denunciar posibles fraudes, extorsiones u otras irregularidades.
También pueden incluirse protocolos de actuación, reglas internas y procedimientos para investigar denuncias.
Sin embargo, contar con documentos o normas solo de manera formal no sería suficiente si estos no se aplican en la práctica.
La empresa deberá poder demostrar que tomó medidas razonables y adecuadas para prevenir actuaciones ilícitas dentro de sus operaciones.
“Que usted hizo lo adecuado” para evitar una conducta irregular es, según explicó Tavárez Guerrero, uno de los elementos que una organización deberá poder acreditar ante la justicia.
Las MiPymes también tendrán que adaptarse
El cambio tendrá un impacto directo sobre las micro, pequeñas y medianas empresas, conocidas como MiPymes.
Para muchos negocios familiares, implementar nuevos controles puede representar una carga adicional en términos administrativos y económicos.
No obstante, el especialista explicó que la normativa contempla una forma de adaptación para empresas que no cuentan con grandes estructuras ni departamentos especializados.
En el caso de las micro y pequeñas empresas, el propio gerente podría asumir las funciones relacionadas con el cumplimiento normativo.
Esto evitaría, en algunos casos, la necesidad de contratar a un oficial especializado únicamente para cumplir esa función.
Aun así, esta concentración de responsabilidades puede generar dificultades cuando la misma persona encargada de supervisar los controles incurre en una actuación irregular.
Qué puede ocurrir si el gerente actúa sin conocimiento de los propietarios
La ley también contempla situaciones en las que una irregularidad pueda ser cometida por un administrador o gerente sin el conocimiento de los propietarios.
En esos casos, la respuesta de la empresa ante el descubrimiento de los hechos puede ser relevante dentro del proceso.
Según explicó Tavárez Guerrero, la organización deberá actuar para detener la conducta y colaborar con las autoridades cuando corresponda.
El abogado señaló que una empresa puede fortalecer su posición si demuestra que, al descubrir una actuación irregular, tomó medidas como separar de sus funciones al responsable y presentar la denuncia o querella correspondiente.
La finalidad es evitar que una organización pueda beneficiarse, encubrir o mantener una conducta ilícita después de conocer su existencia.
Un cambio que transformará la forma de administrar los negocios
La incorporación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas plantea un nuevo escenario para el sector privado dominicano.
Las empresas deberán prestar mayor atención a lo que ocurre dentro de sus operaciones y establecer mecanismos para prevenir posibles delitos antes de que ocurran.
Para un pequeño negocio, esto puede traducirse en medidas sencillas pero importantes, como separar funciones, registrar adecuadamente las operaciones, establecer reglas para el manejo del dinero y crear una vía para reportar irregularidades.
Para las grandes compañías, puede implicar estructuras más complejas de auditoría, supervisión y evaluación de riesgos.
La diferencia principal será que los propietarios y administradores no podrán limitar su atención a las ganancias y al funcionamiento diario del negocio. También deberán demostrar que cuentan con medidas reales para prevenir actuaciones ilícitas.
Con la llegada del 5 de noviembre como fecha señalada para la culminación del período de adaptación, las empresas dominicanas deberán revisar sus procesos internos y adecuar sus controles a las exigencias de la nueva legislación, ante un régimen que contempla desde multas económicas hasta el cierre definitivo de una organización en los casos de mayor gravedad.