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Nuevo fallo mantiene vigente disputa por canal 3 virtual

Diario al Día | Santo Domingo, República Dominicana — La justicia dominicana emitió una nueva decisión que mantiene abierta la disputa por el canal 3 virtual, luego de que rechazara otro intento presentado por Juan Ramón Gómez Díaz, presidente de Telemicro, para detener la transmisión de esa señal.

La resolución corresponde a la Ordenanza Civil núm. 504-2026-SORD-159, emitida el 14 de julio de 2026 por el Juez de los Referimientos de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

El proceso judicial buscaba suspender la operación del canal asignado a Franasyl S.R.L., empresa que opera ACD-Media y que es presidida por Dany Alcántara. La solicitud también involucraba a Altice Dominicana, Claro Dominicana, Franasyl S.R.L., ACD-Media y 14 TV S.R.L.

Juan Ramón Gómez Díaz
Juan Ramón Gómez Díaz

La decisión representa el noveno resultado judicial desfavorable para la empresa vinculada a Gómez Díaz dentro de la controversia relacionada con esa frecuencia.

En la audiencia celebrada el 16 de junio de 2026, las entidades demandadas solicitaron que el tribunal se declarara incompetente para conocer el caso.

La magistrada Rosa Evelyn Fermín Díaz explicó que el conflicto tiene una naturaleza estrictamente contencioso-administrativa, por lo que la jurisdicción civil no tenía facultad para decidir sobre la petición presentada. Por esa razón, estableció que las partes deben acudir a la instancia judicial correspondiente para continuar el proceso.

La disputa por el canal 3 virtual se relaciona con la asignación realizada por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), organismo que otorgó la frecuencia a Franasyl S.R.L. mediante la Resolución 132-2024 del Consejo Directivo.

Posteriormente, la licencia de operación fue concedida a través de la Resolución 143-2024, también emitida por el regulador de las telecomunicaciones en República Dominicana.

Rosa Evelyn Fermín Díaz
Rosa Evelyn Fermín Díaz

Los documentos del expediente señalan que el Tribunal Superior Administrativo ya conocía recursos relacionados con la titularidad del canal 3 virtual y que había rechazado solicitudes promovidas por Juan Ramón Gómez Díaz, al reconocer las atribuciones legales del INDOTEL para administrar y asignar frecuencias dentro del espectro radioeléctrico.

Las entidades demandadas sostuvieron que cualquier solicitud dirigida a suspender actos administrativos debía ser analizada por la Presidencia del Tribunal Superior Administrativo, debido a que la controversia principal pertenece a esa jurisdicción.

Con la nueva decisión, permanece vigente la asignación del canal 3 virtual realizada por INDOTEL, mientras continúa el proceso en la vía contencioso-administrativa.

El expediente también recoge que el Tribunal Superior Administrativo había validado previamente la actuación del organismo regulador mediante la Sentencia 0030-04-2025-SEN-00740, tras rechazar el recurso presentado por el presidente de Telemicro.

La controversia sobre el canal 3 virtual sigue pendiente de los próximos pasos judiciales que adopten las partes involucradas, mientras las decisiones emitidas hasta ahora mantienen la autorización otorgada por el INDOTEL.

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