Diario Acontecer | Santo Domingo, República Dominicana – El presidente Luis Abinader promulgó este miércoles la Ley 25-26 para poner en marcha Alertas RD, un mecanismo nacional que busca acelerar la localización de personas desaparecidas y fortalecer la respuesta institucional ante situaciones de riesgo.
La nueva legislación establece un sistema coordinado que permitirá difundir información de forma inmediata mediante diversos canales de comunicación. Con esta medida, el Estado dominicano procura actuar con mayor rapidez cuando se reporten desapariciones en cualquier punto del país.
El objetivo principal de Alertas RD consiste en integrar a organismos públicos, medios de comunicación, plataformas digitales y ciudadanía en una misma red de colaboración. La intención es aumentar las posibilidades de localización durante las primeras horas de cada caso.
La normativa dispone que la Policía Nacional y el Ministerio Público deberán evaluar cada denuncia presentada y activar los protocolos correspondientes. La denuncia podrá realizarse tanto de manera presencial como mediante comunicación telefónica.
Uno de los aspectos más relevantes de Alertas RD es que la activación deberá producirse en un plazo inferior a 24 horas desde que se reciba el reporte o se identifique una situación de peligro inminente para la persona involucrada.
La ley también introduce una clasificación especializada para facilitar las labores de búsqueda. Cada categoría responde a las características de la persona reportada y permite una respuesta más precisa por parte de las autoridades competentes.
La Alerta Amber se utilizará exclusivamente cuando se trate de niños, niñas o adolescentes cuya ubicación sea desconocida. Este mecanismo busca movilizar rápidamente recursos y canales de difusión para incrementar la capacidad de respuesta.
Por su parte, la Alerta Silver estará destinada a personas mayores de 65 años. Además, la Alerta Azul se aplicará cuando la persona desaparecida presente alguna discapacidad física o condición relacionada con la salud mental.
La legislación incorpora también la Alerta Rosa, diseñada para situaciones que involucren a mujeres en escenarios relacionados con violencia de género o posibles redes de explotación humana. Esta clasificación permitirá una atención especializada.

Según establece la ley, las alertas tendrán una vigencia inicial de cinco días calendario. Sin embargo, las autoridades podrán extender ese período tantas veces como resulte necesario mientras continúen las labores de localización.
La difusión de Alertas RD abarcará redes sociales, medios tradicionales, terminales de transporte, plataformas tecnológicas y boletines oficiales. De esta forma, la información podrá llegar a una audiencia amplia en todo el territorio nacional.
Otro componente fundamental de la legislación es la creación del Registro Nacional de Personas Desaparecidas. Esta herramienta funcionará como una base de datos centralizada bajo la administración y supervisión de la Policía Nacional.
El registro almacenará información relevante para apoyar los procesos de búsqueda. Entre los datos disponibles figurarán fotografías, descripciones físicas, estado de los casos e información médica cuando resulte necesaria para la identificación.
No obstante, la ley establece mecanismos para garantizar la protección de la privacidad de las personas registradas. Las autoridades deberán manejar la información respetando los derechos fundamentales y las normas de confidencialidad vigentes.
La gobernanza de Alertas RD estará a cargo del Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, organismo adscrito al Ministerio de Interior y Policía. Este consejo tendrá funciones consultivas y de coordinación estratégica.
La estructura del consejo reunirá a instituciones como la Procuraduría General, el Ministerio de Defensa, el Sistema 9-1-1, el Ministerio de la Mujer, el SNS, el COE, el INDOTEL y otras entidades vinculadas a la protección ciudadana.
Asimismo, participarán organismos especializados como el CONANI, el CONAPE y el CONADIS, con el propósito de fortalecer la atención a menores, adultos mayores y personas con discapacidad dentro de los procedimientos establecidos.
La Ley 25-26 también contempla sanciones para los funcionarios que incumplan sus responsabilidades. Aquellos servidores públicos que oculten información o dificulten la aplicación de los protocolos podrán enfrentar consecuencias administrativas.
Estas medidas buscan asegurar que Alertas RD funcione de manera efectiva y sin retrasos injustificados. La normativa establece que las posibles faltas serán evaluadas conforme a las disposiciones de la Ley 41-08 de Función Pública.
Con la entrada en vigor de esta legislación, República Dominicana incorpora una herramienta que pretende mejorar la coordinación institucional y fortalecer la capacidad de respuesta ante reportes de desaparición, apoyándose en la tecnología y la colaboración ciudadana.
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